CONSIDERACIONES LEGALES EN TORNO AL CURRÍCULO DE LA EDUCACIÓN OBLIGATORIA
La Constitución de la República
del Ecuador en el artículo 26 estipula que la educación es un derecho de las
personas y del estado. La Ley Orgánica de la Educación Intercultural el
artículo 2 garantiza el derecho a una educación de calidad; en el artículo 19
establece la aplicación obligatoria de un currículo nacional; el artículo 22
establece las políticas educativas y estándares de calidad y en el artículo 9
del Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural establece la
obligatoriedad de los currículos y a complementarse de acuerdo a las diversas
instituciones. (Ministerio de Educación, 2016).
Elaborado por: Leonor Buenaño
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